La Corte Internacional de Justicia alerta que no actuar contra el cambio climático es un acto “ilícito”

La institución ha advertido que las consecuencias del cambio climático a nivel global son graves y de gran alcance. Su opinión consultiva tiene peso político y jurídico que puede servir de base para futuras demandas, sanciones climáticas y exigencias de financiación.

Imagen del exterior de la Corte Internacional de Justicia en La Haya, Países bajos. EFE/EPA/LINA SELG
Imagen del exterior de la Corte Internacional de Justicia en La Haya, Países bajos. / EFE | EPA | Lina Selg

Este miércoles 23 de julio, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) concluyó en una opinión legal histórica, que los tratados climáticos establecen “obligaciones vinculantes” para “adoptar medidas” contra el cambio climático y “garantizar el disfrute efectivo de los derechos humanos”, y lo contrario sería un “acto ilícito” que podría dar lugar a una “reparación”.

Durante la lectura de la opinión consultiva, solicitada en 2023 por la Asamblea General de Naciones Unidas sobre las obligaciones de los Estados en relación con el cambio climático, el máximo tribunal de la ONU alertó de que las emisiones de gases de efecto invernadero son “inequívocamente causadas por actividades humanas”.

La CIJ considera que los tratados climáticos establecen “obligaciones vinculantes” para “adoptar medidas” contra el cambio climático

Además, subrayaron que “no están limitadas territorialmente”, y representa “una amenaza urgente y existencial”. El sistema climático, advirtió, es “una parte integral y vital del medioambiente y debe protegerse para las generaciones presentes y futuras”.

En cuanto al contexto científico, “las consecuencias del cambio climático afectan tanto a los ecosistemas naturales como a las poblaciones humanas. Estas consecuencias reflejan la amenaza urgente y existencial que representa el cambio climático”, agregó el juez presidente, Iwasawa Yuji.

Impacto en los derechos humanos

La Asamblea General de Naciones Unidas pidió a la CIJ en marzo de 2023 contestar a una serie de preguntas basándose en documentos como la Carta de Naciones Unidas, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Acuerdo de París, y los derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos.

“¿Cuáles son las obligaciones de los Estados, en virtud del derecho internacional, para garantizar la protección del sistema climático y otras partes del medioambiente frente a las emisiones antropogénicas de gases de efecto invernadero, en beneficio de los Estados y de las generaciones presentes y futuras?”, cuestionó la Asamblea.

Los efectos adversos del cambio climático socavan el disfrute de los derechos humanos

La CIJ respondió que “los Estados tienen obligaciones, en virtud del derecho internacional de los derechos humanos, de respetar y garantizar el disfrute efectivo de los derechos humanos mediante la adopción de las medidas necesarias para proteger el sistema climático y otras partes del medioambiente”.

El máximo tribunal de Naciones Unidas, con sede en La Haya señalo que “un medioambiente limpio, saludable y sostenible es una condición previa para el disfrute de muchos derechos humanos, como el derecho a la vida, el derecho a la salud y el derecho a un nivel de vida adecuado, incluyendo el acceso al agua, a la alimentación y a la vivienda”.

Obligaciones y consecuencias

El tribunal señaló que los tratados sobre el cambio climático —como la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París— imponen a los Estados deberes específicos, que incluyen reducir emisiones, cooperar entre ellos, y adoptar medidas de adaptación y transferencia tecnológica en buena fe.

La Corte aclaró que la responsabilidad de Estados individuales requiere una evaluación “que debe realizarse caso por caso”

“Los tratados sobre cambio climático establecen obligaciones vinculantes para los Estados parte, destinadas a garantizar la protección del sistema climático y otras partes del medioambiente frente a las emisiones de gases de efecto invernadero de origen antropogénico”, determinó.

La Corte también aclaró que el incumplimiento de estas obligaciones puede constituir “un acto internacionalmente ilícito”, lo que podría acarrear responsabilidades legales, como el cese del daño, garantías de no repetición y reparaciones a los Estados afectados, en forma de “restitución, compensación y satisfacción”, si existe un “vinculo casual” directo. Pero la responsabilidad de Estados individuales requiere una evaluación “que debe realizarse caso por caso”.

Una nueva resolución

La opinión fue solicitada en 2023 tras una campaña liderada por Vanuatu, un pequeño Estado insular del Pacífico que alertó sobre las amenazas existenciales del calentamiento global.

La opinión de la CIJ puede presionar a los países más contaminantes a rendir cuentas 

“Esta opinión consultiva confirma lo que las naciones vulnerables venimos diciendo desde hace mucho: los Estados tienen obligaciones legales frente al cambio climático”, explica Ralph Regenvanu, ministro de Adaptación al Cambio Climático de Vanuatu. Ahora llevará las conclusiones de la CIJ de vuelta a la Asamblea General de la ONU y buscará “una resolución que respalde su implementación” y que “impulse los cambios estructurales necesarios”.

Aunque la opinión de la CIJ no es vinculante, sí tiene un peso político y jurídico importante, puesto que puede servir de base legal para futuras demandas contra Estados; para presionar a los países más contaminantes a rendir cuentas y tomar medidas más ambiciosas; y reforzar las exigencias de financiación climática y reparaciones por pérdidas y daños.

Además, la decisión también puede ser usada en negociaciones climáticas internacionales como la futura Conferencia de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP) o tratados futuros.

Fuente:
EFE
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