Suscríbete al boletín semanal

Recibe cada semana los contenidos más relevantes de la actualidad científica.

Agencia Sinc
Si estás registrado

No podrás conectarte si excedes diez intentos fallidos.

Si todavía no estás registrado

La Agencia SINC ofrece servicios diferentes dependiendo de tu perfil.

Selecciona el tuyo:

Periodistas Instituciones

Aprobada la nueva regulación de tecnologías eólica y solar termoeléctrica

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto que regula el régimen de retribución de la producción de electricidad de las tecnologías eólica y solar termoeléctrica. La nueva normativa supondrá un ahorro para el sistema público de 1.100 millones hasta 2013.

Las primas a la energía eólica se reducen un 35% de aquí a 2012 y las instalaciones termosolares deberán acogerse obligatoriamente a la modalidad de tarifa regulada durante su primer año de funcionamiento. Foto: SINC.

Esta nueva normativa, que fue pactada con ambos sectores en julio de 2010, tiene como objetivo "conseguir ahorros en beneficio de los consumidores y compatibilizar los objetivos de fomento de las energías renovables con los de limitación de los costes de producción de la electricidad para garantizar la sostenibilidad del sistema eléctrico”, explica hoy el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITC).

Para racionalizar el desarrollo de ambas tecnologías y limitar su coste para el sistema público, la nueva regulación limita las horas de funcionamiento con derecho a prima o prima equivalente de las instalaciones. En este sentido, las primas (cantidad extra de dinero que la Administración pública da a las empresas energéticas) para los parques eólicos acogidos al 661/2007 y aquellos de potencia superior a 50 megavatios (MW), se reducen un 35% entre la fecha de entrada en vigor del real decreto aprobado hoy y el 31 de diciembre de 2012. A partir del 1 de enero de 2013, estas instalaciones recuperarán los valores de las primas.

Por otro lado, las instalaciones termosolares deberán acogerse obligatoriamente a la modalidad de tarifa regulada, sin posibilidad de elegir el régimen de prima, durante su primer año de funcionamiento. Con la aplicación de un límite para las horas con derecho a primas, se garantizará que la producción renovable suponga un beneficio para los consumidores.

Esta disposición no compromete la rentabilidad de las instalaciones ya existentes, según el MITC, y se concibe como una “medida racionalizadota” del futuro desarrollo de estas tecnologías.

Por último, debido a las singularidades del sistema eléctrico canario el Gobierno ha considerado oportuno establecer un objetivo de potencia de 600 MW para esta comunidad autónoma.

Fuente: SINC
Derechos: Creative Commons

Solo para medios:

Si eres periodista y quieres el contacto con los investigadores, regístrate en SINC como periodista.

Artículos relacionados