Suscríbete al boletín semanal

Recibe cada semana los contenidos más relevantes de la actualidad científica.

Agencia Sinc
Si estás registrado

No podrás conectarte si excedes diez intentos fallidos.

Si todavía no estás registrado

La Agencia SINC ofrece servicios diferentes dependiendo de tu perfil.

Selecciona el tuyo:

Periodistas Instituciones

Se aprueba el reglamento español de inspección aeronáutica

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el reglamento de inspección aeronáutica, un instrumento básico para velar por el desarrollo ordenado de este tipo de actividad. La iniciativa ha partido del Ministerio de Fomento que, según la Ley de Seguridad Aérea, es el que debe verificar el cumplimiento de las normas reguladoras de la aviación civil.

XXVI Festival Internacional de Aeromodelismo y Aeronáutica (Tenerife, 2008). Foto: Alejandro Amador.

Según la Ley de Seguridad Aérea, el Ministerio de Fomento, además de comprobar el cumplimiento de las normas que regulan la aviación civil, también debe reaccionar frente a los eventuales incumplimientos mediante la aplicación del régimen sancionador y la adopción de medidas de salvaguarda de la seguridad.

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea, dependiente de este ministerio, será la encargada de aplicar el Reglamento aprobado hoy, ya que este organismo tiene atribuida la potestad de inspección aeronáutica. Desde el 20 de octubre de 2008 ha asumido las competencias de ordenación, supervisión y control del transporte aéreo, ejercidas antes por la Dirección General de Aviación Civil.

La norma regula detalladamente las facultades de los agentes participantes en una inspección, así como el desarrollo y documentación de las actuaciones. Los promotores de esta legislación consideran que se aporta así una mayor seguridad jurídica en la realización de esta actividad administrativa, tanto para los funcionarios y demás personal actuante, como para las empresas y profesionales auditados o inspeccionados.

La inspección debe ser dirigida y realizada por los funcionarios que ocupen puestos de inspección en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, que tendrán facultad para el libre acceso a las aeronaves e instalaciones o el requerimiento de documentación y muestras, y sus actuaciones tendrán valor de prueba frente al inspeccionado cuando se constate algún incumplimiento.

Los demás miembros del equipo de inspección seguirán las directrices establecidas por los funcionarios responsables y se limitarán a la realización de tareas de apoyo administrativo y a la prestación de servicios de carácter técnico o especializado.

La norma aprobada hoy regula también el procedimiento que debe aplicarse para practicar una inspección o una auditoría mediante un acta o dictamen técnico, además de indicar que, en los casos de riesgo para la seguridad aérea, la Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea puede tomar medidas extraordinarias, como la paralización de una aeronave o la suspensión de autorizaciones.

Fuente: SINC
Derechos: Creative Commons
Artículos relacionados