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Las conclusiones aparecen hoy en la revista ‘Academic Medicine’

Un estudio cuestiona las políticas de relaciones profesionales de los consejos clínicos en EE UU

Un nuevo estudio concluye que los consejos que supervisan los estudios clínicos en Estados Unidos no siempre exigen que sus miembros declaren sus conflictos de intereses potenciales.

Los investigadores del Hospital General de Massachusetts (en la imagen) informan de que numerosos IRB no exigen a sus miembros declarar sus relaciones profesionales. Foto: Kingdafy.

En un momento de marcada preocupación sobre los conflictos de intereses que plantean las relaciones entre la investigación médica científica y las firmas comerciales, un nuevo estudio concluye que un importante número de instituciones académicas no cuentan con políticas bien definidas que cubran las relaciones profesionales de los miembros de los Consejos de Examen Institucional (IRB, por sus siglas en inglés), los comités encargados de asegurarse de que los estudios clínicos respetan los derechos de los pacientes y observan las directrices éticas.

En el número de abril de la revista Academic Medicine, los investigadores del Instituto de Política Sanitaria del Hospital General de Massachusetts (EE UU) informan de que numerosos IRB no exigen a sus miembros declarar sus relaciones profesionales, así como que los procedimientos para definir, declarar y gestionar los conflictos varían notablemente entre instituciones.

"Es sorprendente que, tras más de 20 años de ocuparnos de las relaciones profesionales y los conflictos de intereses, todavía haya consejos clínicos que no hayan abordado esta cuestión," concluye Eric G. Campbell, director del estudio e investigador del Instituto de Política Sanitaria del MGH.

"El estudio sugiere una clara necesidad de contar con políticas más coherentes y una mayor transparencia respecto a las relaciones profesionales en los IRB", explica Christine Vogeli, una de las principales autoras de la investigación. "Los IRB y las facultades de medicina no pueden ocuparse de lo que desconocen, por lo que es esencial que los miembros de los consejos clínicos realicen una declaración de intereses coherente, para garantizar la integridad y seguridad de la investigación médica".

El caso paradójico de EE UU

En 2006, el Instituto de Política Sanitaria del Hospital General de Massachusetts, incluyendo los autores del estudio actual, publicó una encuesta de miembros de IRB sobre sus relaciones profesionales personales, así como sobre si sus IRB contaban con políticas o procesos relativos a dichas relaciones, y su propia intervención en expedientes relativos a empresas con las que mantuvieran relaciones.

El presente estudio se fundamenta en esta encuesta y abarca a los presidentes de los IRB de 107 facultades de medicina y hospitales de investigación estadounidenses, centrándose en cómo sus comités gestionan las relaciones profesionales de sus miembros, si estos deben declarar dichas relaciones, cómo y a quién se comunican los conflictos de intereses, y dónde debe radicar la competencia para supervisar dichos conflictos.

Aunque casi el 75% de los presidentes declaró que sus IRB contaban con un proceso definido para declarar relaciones profesionales, del 25% restante, sólo uno requería que los miembros con voto declarasen sus relaciones.

El 68% de los presidentes declaró también la existencia de políticas escritas que definen los conflictos de interés, indicando los otros que no contaban con las mismas o que no eran conscientes de su existencia. Los presidentes de IRB sin una definición escrita de los conflictos de intereses señalaron que la responsabilidad de establecer la existencia de un conflicto de intereses radicaba en el presidente, la totalidad del IRB u otros órganos o individuos, o que eran los miembros quienes valoraban sus propias relaciones. El 74% de los presidentes aseguiraron contar con políticas que definen cómo gestionar los conflictos.

Entre los presidentes que comunicaron haberse encargado del conflicto de intereses de un miembro en el último año, el 68% indicó que las personas afectadas no habían participado nunca en el debate de los expedientes en cuestión, o que habían abandonado la sala al procederse a su votación.

Aunque todos los presidentes declararon que los miembros afectados nunca votaron en expedientes que los concernieran, un tercio de los entrevistados en la encuesta de de 2006 declaró que habían votado en expedientes de dicha naturaleza en, al menos, una ocasión.

En EE UU todas las instituciones con actividad investigadora deben tener un IRB encargado de examinar los estudios propuestos, para garantizar la protección de los derechos y la seguridad de los participantes. Además, los protocolos de estudio deben ser científicamente válidos y adherirse a las directrices éticas y regulatorias.

Fuente: SINC
Derechos: Creative Commons

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